Micelio
Auto19 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Beltran Giraldo Jose Leonidas

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Manizales.

La controversia entre los precitados despachos se originó en el trámite del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones con el propósito de declarar la nulidad de una resolución proferida por la misma entidad a través de la cual reconoció y pagó pensión de sobrevivientes a favor de un ciudadano.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, el cual determinó que, el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a través del cual la administración cuestiona su propio acto administrativo, que creó o modificó una situación particular y concreta, por disposición expresa del legislador en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, les corresponde exclusivamente a los jueces administrativos.

Incluso cuando el acto administrativo regule un tema relacionado con asuntos laborales o de la seguridad social.

Con base en lo anterior, se dispuso el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Manizales, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Primero. Administrativo del Circuito de Manizales es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Colpensiones contra José Leónidas Beltrán Giraldo, con el objetivo de solicitar la nulidad de la resolución que le reconoce al demandado una pensión de sobrevivientes.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3294 al Juzgado
  6. Primero. Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.